Articulo de invitado escrito por: Matthew Myers
La categoría de visa más popular de EE.UU. para profesionales es la visa no-inmigrante H-1B de Ocupación Especializada, pero hay una serie de desventajas con esta categoría para los empleadores y son categorías de visa más fácilmente disponibles para los ciudadanos de ciertos países latinoamericanos que a menudo son más ventajosas para empleados y empresarios.
TN para Profesionales Mexicanos
Creada por el TLCAN, la categoría de no-inmigrante visa TN permite a los ciudadanos canadienses y mexicanos, cuya profesión está en la lista de ocupaciones del TLCAN, con una oferta de trabajo en los Estados Unidos para ocupar un puesto profesional. Con un paquete de documentación preparado por adelantado, ciudadanos mexicanos pueden solicitar directamente en el consulado de los EE.UU., una visa TN que se emitirá en su pasaporte, aprobado inmediatamente en la cita. El cónyuge y los hijos menores solteros del solicitante del TLCAN tienen derecho al estado derivado TD, pero no se les otorga autorización de empleo en los Estados Unidos.
Debido a las renegociaciones del TLCAN, es común ingresar al estado TN y a la transición a la visa H-1B u otra categoría de visa de no-inmigrante como un enfoque conservador, pero la visa H-1B generalmente no está disponible, principalmente debido a limitaciones en el número de visas disponibles.
H-1B1 de Ocupaciones Especialidades para Profesionales Chilenos
La visa no-inmigrante H-1B1 es un subconjunto de la visa H-1B creada específicamente para profesionales de Chile y Singapur, como resultado de tratados de libre comercio entre los EE.UU. y estos países. Con un paquete de documentación preparado por adelantado, ciudadanos Chilenos pueden solicitar directamente en el consulado de los EE.UU. una visa H-1B1 que se emitirá en su pasaporte, aprobado típicamente inmediatamente en la cita. El cónyuge y los hijos menores solteros del solicitante tienen derecho al estado derivado H-4, y el cónyuge puede solicitar autorización de empleo en los Estados Unidos después de entrar a los EE.UU., para cualquier empleador, independiente y sin patrocinio del empleador.
E-1 para Comerciantes de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Honduras, México, y Paraguay
La visa no-inmigrante E-1 está autorizada para un nacional de un país con el cual Estados Unidos tiene un tratado comercial, que viene al país únicamente para realizar transacciones de naturaleza sustancial, principalmente por la mayoría entre los Estados Unidos y el país de nacionalidad del trabajador extranjero. El comercio involucrado debe ser el intercambio internacional (contratos negociados con éxito, vinculantes para todas las partes) de los artículos de comercio entre los Estados Unidos y un país tratado. Con un paquete de documentación preparado y enviado por adelantado, ciudadanos Chilenos pueden solicitar directamente en el consulado de los EE.UU. una visa H-1B1 que se emitirá en su pasaporte, aprobado típicamente inmediatamente en la cita.
Empleados de origen del país del tratado comercial, incluyendo ejecutivos, gerentes y empleados esenciales son elegibles para obtener la visa E-1. El cónyuge e hijos menores pueden acompañar al principal solicitante de la visa E-1 o unirse a este más tarde. El cónyuge puede solicitar autorización de empleo en los Estados Unidos después de entrar a los EE.UU., para cualquier empleador, independiente y sin patrocinio del empleador.
E-2 para Inversionistas de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Granada, Honduras, México, Panamá, y Paraguay
La visa no-inmigrante E-2 le autoriza al ciudadano de un país parte del Tratado de Inversión a supervisar sus inversiones en los Estados Unidos o trabajar con una empresa en los Estados Unidos, de la cual al menos el 50% de sus propietarios sean ciudadanos de un país parte del Tratado de Inversión. La inversionista tiene que presentar un plan de negocios y prueba de inversiones sustanciales en relación con el negocio, y los inversiones no pueden ser marginales. Por ejemplo, para ser sustancial en relación con la empresa, una empresa de tecnología normalmente puede requerir menos de una inversión que una instalación de fabricación que requiere millones de dólares en maquinaria. La prueba de que el negocio no es marginal puede incluir evidencia de que el negocio puede soportar más que los solicitantes y que existe un plan para contratar trabajadores estadounidenses en el futuro. Con un paquete de documentación preparado y enviado por adelantado, ciudadanos de países con un tratado de inversión con la EE.U.U. pueden solicitar directamente en el consulado de los EE.UU. una visa H-1B1 que se emitirá en su pasaporte, aprobado típicamente unos días después de la cita.
Empleados de origen del país del tratado de inversión, incluyendo ejecutivos, gerentes y empleados esenciales son elegibles para obtener la visa E-2. El cónyuge e hijos menores pueden acompañar al principal solicitante de la visa E-2 o unirse a este más tarde. El cónyuge puede solicitar autorización de empleo en los Estados Unidos después de entrar al país, para cualquier empleador, independiente y sin patrocinio del empleador.
Sobre el Autor
Matthew Myers es un abogado de inmigración de Foster LLP, una importante firma de abogados de inmigración que ofrece un espectro completo de soluciones migratorias globales y de EE. UU. Antes de unirse a Foster, Matthew trabajó para el juez de distrito de los EE. UU., Orlando L. García, y para la Oficina de Asesoría Jurídica de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de EE. UU. Es admitido en el Colegio de Abogados de Texas, donde actualmente se desempeña como Vicepresidente de la Junta de la Sección de Leyes de Inmigración y Nacionalidad, y es miembro de la Asociación Estadounidense de Abogados de Inmigración en la Sección de Migración Global.